Registro de propiedad.

El Registro Civil,  según el anteproyecto de Ley de Reforma Integral de los Registros  que ha elaborado el  Ministerio de Justicia,  presidido por señor Ruiz Gallardón, pasará  a depender de los registradores de la propiedad. Ahora es competencia de los Juzgados. Uno, que tiene una vaga idea de lo que son los Registros de la Propiedad, piensa que cuando los  padres vayan, a partir de la entrada en vigor de la ley,  a inscribir a un hijo,  en realidad van a que el registrador les otorgue el título oficial de propiedad del nacido.

Y cuando los deudos vayan a  notificar una defunción será para dar de baja la propiedad que  el difunto tenía sobre su vida y que ha perdido, no por venta, sino por traspaso forzoso a la eternidad.

Pienso que uno es dueño de su vida y que la muerte es la única que nos arrebata esa propiedad, aunque  cualquiera sabe si esta cesión a los registradores  no es un paso más del dominio de  la Administración sobre los ciudadanos y  si dejamos  de pagar las tasas, como pasa con  el IBI, nos embarguen la vida.

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