El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dictado sentencia sobre la doctrina Parot de acuerdo con la legislación vigente. Las leyes las elaboran y aprueban los parlamentos de los distintos países, que también son los que tienen la potestad de adherirse a los organismos y convenios internacionales que consideren conveniente con los requisitos y procedimientos previstos, incluidos referendos cuando sea el caso. Ello conlleva el compromiso de respetar sus normativas.
España pertenece a la UE y, guste unas veces más y otras menos, porque a veces lo legal no siempre es justo, debe acatar las decisiones del tribunal referido pues su legislación forma parte de nuestro ordenamiento jurídico.
Lo que produce indignación es que una de las abogadas de la etarra Inés del Río diga que se han vulnerado los derechos humanos de su defendida. Posiblemente, y a tenor de la sentencia así sea, pero recurrir a ese argumento cuando la citada Inés ha cortado con plomo y metralla el principal de esos derechos a veintitrés personas es de un cinismo insultante.